MANIFIESTAN

 

 

 

Sra. Jueza de Distrito Civil y Comercial de la 8º:

FRANCISCO BROGLIA y PABLO BUFARINI, abogados, en nuestro carácter de asociados del Club Atlético Rosario Central y en representación de la agrupación C.R.E.C.E.(Canallas por la Recuperación Centralista) constituyendo domicilio en calle Corrientes 964 p.1 of. 5 de Rosario, nos presentamos a V.S. y decimos:

I.- OBJETO:

En virtud de la Resolución número 2485 dictada el 15 de agosto de 2007 por este juzgado, que ordena  al órgano interventor del C.A.R.C.: “Regularizar y confeccionar la nómina de asociados”, “Regularizar y confeccionar el padrón de electores y convocar a asamblea a los efectos de la elección de la comisión electoral” y “Organizar y fiscalizar los comicios” y ante la proximidad de celebrarse Asambleas Societarias y un Acto Eleccionario en nuestro club venimos  a poner en conocimiento a V.S. que  en base a los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación exponemos hemos realizado presentaciones ante el Órgano Interventor y ante Fiscalía de estado de la Provincia de Santa fe solicitàndole las siguientes medidas:

II.- HECHOS

1) Denuncia sobre Adulteración del Padrón de socios

En razón de los dichos del síndico titular Alberto Galache en relación a la posible incorporación de asociados en forma fraudulenta al padrón de la entidad, el Arquitecto Fernando Lépori en carácter de vocal suplente presentó  un escrito a la Comisión Directiva, solicitando se investiguen las supuestas maniobras de falsificación y adulteración de carnet de asociados y alteración del padrón de asociados del club.

 Dicho requerimiento jamás fue contestado por las autoridades del club ni por la sindicatura ni se inició investigación alguna por parte de las autoridades pertinentes.

Aparentemente la incorporación de estos asociados era ejecutada por personal del club, siendo uno de los autores ideológicos el  ex dirigente Paulino Cassati (removido por la Dra. Georgett)i, quien cumplía en ese momento el cargo de Secretario de Actas de la Institución.

Por  supuesto, esta maniobra no era obra de un solo individuo: claramente participaba la Comisión Directiva en funciones, instigando a la configuración de los ilícitos mencionados. Tienen también conocimiento directo o indirectamente de estos hechos los empleados del Club  Pablo García , Aldo Peñalva y Fernando Cuesta, el actual contador del club Raul Dávoli y el ex Sindico del Club Alberto Galache los cuales pueden ser llamados a prestar testimonio.

El mecanismo, según pruebas recolectadas, era el siguiente: se le ofrecía a una persona asociarse a la entidad sin costo alguno y mediante un asiento interno mensualmente se le abonaba falsamente la cuota. Lo que, como resulta evidente, producía un gran perjuicio patrimonial a la entidad, dado que no ingresaba en la realidad este dinero a las arcas de la institución.

Desde luego, todo tenía un fin electoralista: estas personas ficticiamente asociadas, al momento del acto eleccionario, tendrían derecho a voto al cumplir un año de antigüedad según lo prescribe el  Art. 30 del estatuto del C.A.R.C.

Así, cerca de 1200 asociados fueron inscriptos mediante este artilugio, desconociendo los presentantes actualmente si existe una cantidad mayor (lo que resulta posible).

La existencia de estos asociados fue determinante en la suerte de los comicios desarrollados en Setiembre de 2006 resultando ganador la lista oficialista.

2) Acto Eleccionario-Setiembre de 2006. Fraude electoral

El día 10 de septiembre del año 2006 se realizaron elecciones de autoridades en el club A. Rosario Central. En las mismas participaron, además del oficialista Movimiento Canalla, las listas Unidad Canalla y C.R.E.C.E.

Para el acto eleccionario, la máxima autoridad eleccionaria, esto es, la Comisión Electoral, había resuelto en su reglamento, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de la exhibición del documento de identidad junto con el carnet de socio y la cuota al día para poder votar.

No obstante ello, una vez comenzado el acto eleccionario, la Comisión Electoral, sin fundamento alguno habilitó a los asociados a votar solo con el carnet y cuota al día, constituyendo una clara violación al Reglamento Electoral sancionado por la misma comisión. En efecto, según reza expresamente el Reglamento de Comisión Electoral para las elecciones del 10 de septiembre de 2006, sólo podían votar aquellas personas que acreditaran su identidad con documento nacional de identidad (D.N.I.).

Textualmente, la fórmula legal establece, en su artículo 28:

Art. 28: “Obligatoriamente, los asociados que se presenten a emitir su voto, deberán acompañar el carné de asociado, la cuota al día que corresponda al mes del Acto Electoral, juntamente con su D.N.I.”

Sin embargo, el día del acto eleccionario, y con el mismo ya comenzado (aproximadamente a las 11.30 hs), inexplicablemente, la Comisión Electoral determinó (resolución que consta en el libro de actas del órgano) que los asociados podían votar solamente acompañando su carnet y cuota al día. Esta resolución, como veremos luego, abrió la puerta a un fraude electoral de significativas proporciones.

Vale advertir que esta disposición fue tomada por los dos integrantes de la Comision Electoral representantes del oficialismo, el Sr. Aristóteles Arfini y Pedro Bárzola, sin la participación del tercer miembro titular del órgano, Ricardo Brunet.

Esta resolución, evidentemente, fue manifiestamente inconstitucional y, por tanto, viciada de nulidad (impugnación que fue deducida, también, por nuestra parte ante la Comisión Electoral y fue rechazada por la misma). Veamos por qué:

La determinación afecta el principio republicano (art.1 CN) por violentar la seguridad jurídica que debe estar presente en todos los actos del poder, tanto público o privado.

Asimismo, violenta en forma manifiesta nuestros derechos protegidos constitucionalmente (art.14, derechos asociativos; art. 33, derechos implícitos).

La norma del art. 28 no deja dudas sobre cómo los asociados estaban habilitados a votar: “obligatoriamente”, “con carnet y cuota al día” y “juntamente con su DNI”.

Como puede verlo simplemente un lego, la norma no deja dudas interpretativas. Y, cuando una norma es categórica con respecto a su sentido, ella debe interpretarse literalmente. Pero, además, no puede soslayarse la norma del artículo 1 del Reglamento, el que manifiesta:

“DE LA COMISIÓN ELECTORAL Y DEL ACTO ELECCIONARIO: La Comisión Electoral se regirá de la forma que se determina en el presente, a saber:

1) La Comisión Electoral será la máxima autoridad del Acto Electoral y decidirá sobre las situaciones que se sometan a su consideración, teniendo amplias facultades de decisión sobre temas o situaciones que no se encuentren expresamente previstas en el Estatuto y/o en el presente Reglamento.

Lo que significa que el órgano eleccionario, puede llenar vacíos legales, solamente en caso de ausencia normativa. Pero no está habilitada, de ninguna manera, a contradecir las normas reglamentarias o estatutarias.

Por lo tanto, en ningún momento tuvo competencia ni facultad alguna para emitir la resolución que hoy impugnamos. De esta manera, no sólo resulta arbitraria e ilegal, sino dictada fuera del ámbito de su competencia.

La legalidad era la garantía para unas elecciones limpias. Todo acto eleccionario, para que sea válido, debe atarse estrictamente a la legalidad más extrema, para evitar que los derechos a participar de los ciudadanos (y asociados, en este caso) se vean violentados por el uso de la fuerza, la violencia y el fraude.

Como dijimos, resulta clara la arbitrariedad de la decisión del órgano electoral, por violar normas reglamentarias y estatutarias, así como derechos constitucionales a elegir y ser elegidos (art. 14 y 33 CN) y el principio republicano de gobierno (art.1).

Ahora bien, esta distinción no resulta inocua o puramente teórica: votar con o sin DNI, implica efectos de importancia. Significa, sin eufemismos, habilitar un fraude electoral de tamañas dimensiones.

3) Hechos irregulares

Ante la no obligatoriedad de presentar el DNI, el control de la identidad de los votantes por parte de presidentes de mesa y fiscales resultó literalmente imposible.

Lo que abrió la posibilidad, al ser el club (y, por tanto, la lista oficialista de Movimiento Canalla) el que extiende los carnet, a que se fraguaran identidades y se utilizaran los mismos.

De este modo, existieron asimismo denuncias de socios fallecidos que votaban, así como personas que emitieron su voto varias veces en distintas mesas con distintas identidades. Todas conductas que sin dudas constituyen el delito penales tipificados en el Código Penal.

Para ilustrar lo expuesto, nos alcanza con un ejemplo. Durante el acto eleccionario emitió su voto de una persona que figuraba en los padrones pero que, en realidad, estaba cumpliendo una condena penal en la Unidad Penitenciaria de Coronda.

 Como puede verse, estas acciones fraudulentas cometidas en perjuicio de las demás agrupaciones permitieron al aparato oficialista ganar las elecciones.

Según es de público conocimiento, el día de las elecciones, los integrantes de la “barra”, repartían carnet y cuota al día facilitados por la Comisión Directiva en las inmediaciones del estadio, ante la pasividad del personal policial y los veedores de Fiscalía de Estado, a cargo del Sr. Bustiazzo. Esto se encuentra ampliamente constatado por las informaciones periodísticas del momento y por testigos de los hechos.

4) Fraude electoral

El fraude puede verse también en forma clara cuando se analizan las mesas de votantes: en todas ellas, las diferencias entre las dos listas más votadas (Crece y Movimiento Canalla) fue parejo, salvo en las mesas 17 a 23 con resultados totalmente desproporcionadas, en comparación con el resto de las mesas de socios, alterando estos números todas las estadísticas. Allí es donde aparecen las diferencias más notables y que hacen patente el fraude electoral cometido por el oficialismo.

La lista oficialista obtuvo 3005 votos contra 2243 votos del Crece existiendo 762 votos de diferencia entre una y otra lista. El acto electoral estuvo dividido en 63 mesas, ordenadas por categorías. El orden de los padrones no fue alfabético sino por número de asociado, por lo que dentro de cada categoría las mesas iban de mayor a menor antigüedad. Observando los resultados de cada mesa en función de la antigüedad podemos afirmar:

-En las primera 10 mesas compuestas por socios con más de 3 años de antigüedad con 1596 votantes, el CRECE gano en todas (781 votos contra 534 de Movimiento Canalla).

-En las mesas 11 a 14, se produce un virtual empate entre el CRECE Y MOVIMIENTO CANALLA con solo 7 votos de diferencia.

-De las mesas 15 a la 23 es de donde se derivan las mayores sospechas de fraude. Aquí votaron asociados ingresados al club en solo 7 meses entre Enero y Julio de 2005. Lo que resulto llamativo fue que en estas 9 urnas el Movimiento Canalla arraso con una proporción que altero las estadísticas generales: 66%(815 sufragios) contra el 22%(268 votos) del CRECE y 12%(154 votos) de UNIDAD CANALLA. Para confirmar el fraude y la manipulación de los padrones de socios resulta revelador que gran parte de los nuevos asociados activos que votaron en esas mesas, se incorporaron en fechas casi simultáneas.

-En las 13 mesas femeninas (que van desde la mesa 25 a la 37) la historia se repitió. En las primeras 10 mesas se produjo un empate en 41% entre el CRECE y MOVIMIENTO CANALLA sobre 1173 votos emitidos pero en las 3 mesas restantes el oficialismo obtiene el 72% de los sufragios contra el 16% del CRECE Y el 12% de UNIDAD CANALLA. De haberse mantenido en estas tres mesas la misma proporción que en las 10 mesas femeninas previas, el oficialismo hubiera obtenido 170 votos menos.

Como resulta de lo expuesto, las diferencias existentes entre el oficialismo y la lista CRECE (que obtuvo el segundo puesto) fue de 762 votos. Es evidente, entonces, lo decisivo que fueron esto artilugios en el resultado de la elección.

Pero otra de las particularidades que tuvieron las elecciones de setiembre de 2006 fue la coacción a que fueron sometidos durante todo el acto eleccionario, tanto los fiscales de la oposición como varios presidentes de mesa, por personajes comúnmente conocidos como “barras bravas”, ante la mirada pasiva de los empleados de Fiscalía de Estado, el personal policial y las autoridades del club.

Este accionar, que permitió la sistemática intimidación de fiscales y presidentes de mesa, fue denunciado en reiteradas oportunidades en el mismo momento ante al presidente de la Comisión Electoral, Aristóteles Arfini, al Secretario, Gonzalo Estévez y a los delegados de Fiscalía de Estado, sin que se tomara ninguna medida concreta en tal sentido.

5) Denuncia ante Inspeccion de Personas Jurìdicas

Ante la gravedad de estos hechos que determinaron un triunfo fraudulento por parte del oficialismo nuestra agrupación presento una denuncia el día 15 de septiembre de 2006 (cargo número 1999) ante la Inspección General de Personas Jurídicas (Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe), reclamando que las elecciones fueran declaradas irregulares e ineficaces a lo cual este Organismo contestó una resolución ambigua, contradictoria y errónea.

Fiscalia de Estado no invalidó el acto eleccionario, aunque, en un absurdo jurídico y lógico, reconoce las irregularidades existentes y apercibe a los integrantes de junta electoral por su actuación  manifiestamente ilegal.

En el punto IV) de los considerandos con respecto al planteo sobre la obligatoriedad de utilizar DNI Fiscalía dijo:

“ IV) El Reglamento aprobado por la Comisión, en su articulo 28, que dio lugar al conflicto, dice: "Obligatoriamente, los asociados que se presenten a emitir su voto, deberán acompañar el carné de asociado, la cuota al día que corresponda al mes del Acto Electoral, juntamente con su D.N.I.".

El texto es sumamente claro y no admite otra interpretación que exigir al asociado que, al momento de votar debe presentar carné, cuota y documento de identidad, lo que constituye una obligación conjunta y no disyunta.

La modificación e interpretación posterior del art. 28, no exigiendo el documento de identidad si se presentaba el carné, efectuado por la Comisión Electoral, actuando en mayoría y sin la presencia del representante de la oposición, en pleno desarrollo del comicio, constituye un acto arbitrario y reprochable incurrido por la citada Comisión. Cabe insistir que el estatuto del Club no contempla esta situación ni el Reglamento estaba aprobado por la autoridad de control, lo que en tal caso, hubiera merecido la sanción pertinente.”

 

El punto VII referente al Acto comicial la resolución expresaba:

“VIII) EL ACTO COMICIAL:. en el punto IV) precedente, se expuso sobre la medida de la Comisión Electoral, tomada por la mayoría oficialista cuando se desarrollaba el comicio, de permitir el voto de los asociados con la presentación del carné o documento, sin obligación de presentar ambos. La publicación en tal sentido efectuada en el diario La Capital carece de valor ante el texto de la Resolución Electoral, y permite suponer que la decisión adoptada ya estaba preparada de antemano, según el curso de los acontecimientos.”

 

El punto VII) b) continuaba:

a)             No es cierto que la Comisión Electoral pueda, además de dar su propio Reglamento, modificarlo, interpretarlo o suplirlo, con la única condición que no contradiga el estatuto o normas legales. Precisamente en las normas legales y estatutarias están los límites de la modificación, interpretación o cambio, pero su ejercicio no puede ser abusivo del derecho o violar el principio de buena fe, cuando se pretende aplicar, una vez aprobado, en forma distinta a la consensuada, ya que -insisto- viola la buena fe y seguridad de los derechos de los asociados, al quedar sujeto a las alternativas que pueda presentar el acto eleccionario favorable a una de las partes.

Con respecto a los cuestionamientos en la normalidad del comicio en el Punto IX Fiscalia expresó:

“Si existieron votantes que lo hicieron por asociados muertos o votaban 2 o 3 veces, debió probarse. Pero si además, alguna duda cabía en cuanto a la identidad del votante, el Fiscal actuante por la oposición podía exigir la presentación del carné, lo que no se hizo en ningún momento. El carné puede probar la calidad de asociado, pero únicamente el documento de de identidad prueba la identidad de la persona. En este caso, ante la oposición del Fiscal, la persona cuya identidad se desconocía, no podía votar hasta presentar el documento DNI, L.E. o L.C”.

 

Finalmente en los puntos X y XI la resolución expresa:

“X) De la lectura de los considerandos precedentes, existen cuestionamientos tanto a lo actuado por la Comisión Electoral como a la denuncia formulada.

Cabe pues definir, si lo actuado por la Comisión Electoral, - resulta apto para declarar la irregularidad e ineficacia del acto electoral. Me inclino por su validez, ya que si bien son reprochables las decisiones analizadas supra, no se acreditó la existencia de las supuestas maniobras que permitieran alterar el resultado del comicio.

 

XI) Dado que la Comisión Electoral cesó en su cometido con la proclamación de las autoridades surgidas del comicio, cabe formular, atento a la composición de la misma, un severo llamado de atención con notificación al Club Atlético Rosario Central, tendiente a evitar en un futuro cuestionamiento similares.”

 

En el articulo 3º del RESUELVO Fiscalía afirma:

“ARTICULO 3º ) Formular un severo llamado de atención a quienes integraron la Comisión Electoral, con notificación al Club Atlético Rosario Central, tendiente a evitar en un futuro la repetición de situaciones similares, en base a los argumentos contenidos en los considerandos precedentes.”

 

Si, como expresa claramente la resolución, la decisión de la Comisión Electoral fue irregular, no debe tener validez ni efectos. Pero resulta una contradicción absurda decir que algo es irregular y, a posteriori, inmediatamente, forzarlo resolviendo que tiene validez.

La resolución 1096/06 fue apelada ante el Gobernador de la Provincia de Santa fe por nuestra Agrupación no obteniendo al día de hoy respuesta a los agravios formulados.

6) Nuevas maniobras fraudulentas

A partir de Septiembre de 2006 hasta el presente se sucedieron muchos acontecimientos que reflejaron la ilegitimidad originaria de la última Comisión Directiva electa en forma fraudulenta. Renuncias de dirigentes, denuncias cruzadas entre ellos, coacciones hacia los técnicos de parte de barras bravas, sumarios iniciados contra asociados disidentes, licencia del Presidente con imposibilidad de reintegro, remoción de dirigentes por parte de la Jueza Giorgetti, restitución de Scarabino a su cargo y la reciente intervención del club que decidió la Jueza del concurso preventivo.

Ante esta situación irregular en que se encontraba el club con una comisión directiva escindida y bajo observación de la Jueza del concurso surgió la posibilidad concreta de  la realización de un nuevo acto eleccionario.

Así, en el mes  de julio de 2007 concurrió una persona a la Sede del Club a abonar las cuotas societarias de casi 1300 socios que se encontraban en mora, siendo este hecho sospechoso, mas teniendo en cuenta que las cantidad de asociados regularizados coincide con la cifra de socios falsos que votaron en la ultima elección.

De esta manera, se abonaron 20.000 pesos para poner al día a 800 socios y luego  500 asociados más.

Al hacerse muy dificultosa la maniobras de regularización de asociados por medio del asiento contable interno, debido al estado de confusión interno y la intervención judicial, los socios ilegales fueron puestos al día por medio del pago directo de la cuota societaria, ya que habían quedado en mora por algunos meses.

 Por lo tanto y ante la inminencia de quedar cesantes según el Estatuto del Club sus cuotas fueron abonadas y recuperaron el derecho electoral. La única variable que se diferencia de la situación anterior es que esta vez las cuotas fueron realmente abonadas por ventanilla, por personas externas que estarían implicadas en la maniobra, existiendo un ingreso de dinero en la caja del club. Parte de ese dinero se habría utilizado para abonar servicios que adeudaba la institución.

7) Notas Periodísticas

Estos últimos hechos son de público conocimiento ya que fueron dados a conocer en medios gráficos y radiales de la ciudad. A continuación exponemos algunos de las publicaciones realizadas:

El  primer medio que se hizo eco de estos hechos sospechosos fue el diario Pagina 12 en su suplemento “Rosario 12” el dìa 7/07/2007 que con la firma de Alejo Diz publicó lo siguiente:

Scarabino: OTROS 30 DIAS COMO PRESIDENTE…Con la seguridad de que los ex directivos no podrán retornar al club, y la certeza de que a fin de año habrá elecciones, de acuerdo al anuncio de Scarabino, la jueza amplió sus expectativas en cuanto a la posibilidad de que el club escape del laberinto económico e institucional en el que se encuentra. Aunque hay síntomas que devolvieron la preocupación en quienes instan por salvar a la entidad. Uno de ellos es lo que sucedió el martes pasado en la sede de calle Mitre, donde un particular abonó más de 20 mil pesos en efectivo para poner el día con sus cuotas a 800 socios. Y para la semana que viene se espera que suceda lo mismo con otros 500.

Ante la improbabilidad de pensar que casi un millar de socios decidieron al unísono saldar sus deudas con el club y para ello contrataron al mismo cadete que les haga el trámite, se abren sospechas respecto a quién financia a los socios en mora, ante la inminencia de que los adherentes de Arroyito deban concurrir a las urnas para elegir autoridades. Porque si bien con más de mil votos no se gana una elección, es un buen piso electoral para desafiar en el cuarto oscuro al movimiento Crece, que en septiembre último cosechó más de dos mil sufragios en los comicios.” (http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/rosario/11-9286-2007-07-07.html)

 

En el Blog de Internet  http://ahoracentral.blogspot.com el dìa 12/07/2007 salio publicado con respecto a este tema lo siguiente:

“…En tanto, anoche, en reunión de comisión, se presentó el contrato a préstamo de Martín Arzuaga, uno de los dos refuerzos contratados hasta ahora. Además, se planteó una situación sucedida la semana pasada: un tercero puso al día a 800 socios. Existiría una ley por la cual podría interceder fiscalía de estado para esclarecer este tema.”

 

Con respecto a la misma situación el dia 21/07/2007 la Revista ADN publicó una nota de investigación sobre Rosario Central titulada “INFIERNO CANALLA” en la cual expresaba lo siguiente:

Planificando un nuevo fraude: El tema de los socios truchos por el cuál ganan las elecciones, es un tema que por estas horas está tomando forma nuevamente. El diario La Capital del día 11 de julio publicó en su sección voz baja un artículo titulado: "Se ponen al día" que decía: parece que a algunos socios de Central los asaltó un extraño impulso. Cómo entender si no el hecho de que la semana pasada alguien pusiera al día, billete por billete, la cuota de 722 socios. Chimentan por allí que el hombre –miembro de la barra, habitante de la zona sur y conocido por más de un apodo- prometió volver esta semana para saldar la deuda de otros 554 morosos. ¿A qué se deberá? Nadie lo sabe, pero lo que queda claro es que el  favor que les hace a las arcas del club no es nada chiquito.

Paralelamente, ADN recogió la información que también por esos días, Andrés Bracamonte habría abonado en la sede con $ 15 000, la cuota de otros 660 socios; dinero que se destino de inmediato al pago de una deuda con la EPE, para evitar recibir un corte en el servicio.

Lo cierto es que a partir de que Pablo Scarabino anunció el llamado a asamblea para determinar la fecha de elecciones, los grupos de tareas están a full tratando de poner al día a los socios comprados.

Desde estas líneas dejamos el tema latente. Seguramente pretenden utilizarlos en los comicios con un objetivo simple: tratar de ganar nuevamente las elecciones, con la misma metodología que utilizaron en septiembre del 2006 y que Central siga ardiendo en el infierno…”  

El día 22/07/2007 nuevamente el diario Pagina 12 refiriéndose a la Comisión Directiva publicaba al respecto:

“...CENTRAL DENUNCIARA PINTADAS INTIMIDATORIAS CONTRA TECNICO Y DIRIGENTES...Esta vez, todo va a tribunales... En la reunión, además, se resolvió denunciar ante Fiscalía de Estado la maniobra por la cual días atrás se pusieron al día, con un sólo pago, las cuotas societarias de 800 socios. Quien desembolsó 20 mil pesos en efectivo para regularizar la situación de casi un millar de socios tendría relación con lo barras, de acuerdo a las sospechas que tienen los directivos, y atento a que esto se produjo poco tiempo después de que Scarabino convocará a elecciones para fin de año. "El que pagó estaba acompañado de dos conocidos barrabravas. Mañana (por hoy) vamos a notificar a Fiscalía de esta irregularidad. Porque para sacar a Central adelante hay que terminar de una vez por todas con estas situaciones", subrayó un colaborador de la directiva auriazul…” (http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/rosario/11-9489-2007-07-22.html)

Una de las últimas de las notas publicadas por este diario refiriéndose a este tema fue la del 16 de agosto de 2007 también con la firma de Alejo Diz en uno de los párrafos dice:

“...Entre los menesteres que ocupará a los interventores, hay dos que marcarán el futuro del club: determinar la deuda post concursal y confeccionar un libro de socios veraz. La primera obligación deberá atacar a los embargos truchos, mientras que la segunda apuntará a desarticular la injerencia de la barra en el registro de socios, la cual cuenta con la manipulación de más de mil carnet. Días atrás en Fiscalía de Estado se denunciaron algunas de estas maniobras de la barrabrava....” (http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/rosario/11-9849-2007-08-16.html)

 

Mas recientemente ante la  inminente noticia de la intervención de Rosario Central El Suplemento “Ovacion” del Diario La Capital publico los días 15 y 16 de agosto sendas notas con respecto a este tema, la primera de ellas decía lo en un párrafo decía lo siguiente:

 

 “... Entre los aspectos que derivaron también en la necesidad de intervenir a Central, figura la falta de respuesta de Scarabino y de la comisión directiva de las identidades de los socios que fueron beneficiados por una persona que en un solo acto pagó la deuda de unos 800 asociados. Y tampoco informaron el nombre del benefactor...” (http://www.lacapital.com.ar/2007/08/15/ovacion/noticia_410377.shtml)

 

La noticia publicada el 16 de agosto con firma de Sergio Faletto en su último párrafo confirmaba estos hechos:

“Intervención y cambio en Central...La Justicia desplazó a Scarabino, puso un cuerpo colegiado y habrá elecciones...Finalmente, la determinación judicial termina por ratificar lo publicado ayer por Ovación con relación a la falta de respuesta dirigencial a la solicitud de los veedores sobre la identificación de los 800 socios que fueron puestos al día con la cuota en un sólo acto por una persona, de la que tampoco dieron el nombre...”   http://www.lacapital.com.ar/2007/08/16/ovacion/noticia_410516.shtml)

Se puede apreciar por la gran cantidad de pruebas invocadas y de publicaciones citadas que este tema es de publico y notorio conocimiento, por lo tanto se cometería una injusticia con todos los asociados de buena voluntad si permitieran el sufragio de estos socios “sospechados” de falsedad.

7) Denuncia de Comisión Directiva Residual

Para confirmar las sospechas con respecto a la posibilidad  que se perpetre un nuevo fraude en el próximo acto eleccionario citamos a continuación copia del acta de Comisión Directiva del día 19 de julio de 2007 en la cual integrantes de la Comisión Directiva que asumió en Setiembre de 2006 reconocen expresamente la existencia de asociados falsos que fueron puestos al día con fines electorales. Esta acta fue invocada por los mismos dirigentes a la Jueza Giorgetti en un escrito incorporado al expediente del concurso manifestándose con respecto a la intervención del Club, asimismo ordenan se realice una investigación que este a disposición de las agrupaciones que participen en la proxima elección e intima a Fiscalia de estado a que tome las medidas pertinentes.

Los dirigentes que firmaron este manifiesto son MIGUEL SAN MARTIN (D.N.I. Nº 20.354.714), PABLO DARIO FRANCO (D.N.I. Nº 23.623.482), JORGE RAÚL GONZALEZ (D.N.I. Nº  13.077.956), OSCAR RUBÉN SALCEDO (D.N.I. Nº 12.292.375)  y MARCELO RAÚL FACCIANO (D.N.I. Nº 18.467.643).

La presentación de este escrito en el concurso preventivo de Rosario Central nos exige citar la famosa frase de: “a confesión de partes, relevamiento de pruebas”.

El escrito presentado en el expediente concursal donde consta el acta de la  Comision Directiva  del 19/09/07 establece:

“Se omite, deliberadamente, consignar que fuimos los suscriptos (como integrantes de la Comisión Directiva) quienes denunciamos el pago irregular de las cuotas sociales correspondiente a  aproximadamente 800 asociados.-

 Ello consta expresamente consignado en el acta de Comisión Directiva de fecha 19 de julio de 2007, cuyo texto, en lo pertinente, transcribimos a continuación:

 “… 5) Atento a que la Comisión Directiva corroboró a través del análisis de la documentación existente en el Club, las versiones periodísticas referidas al pago de una importante cantidad de cuotas sociales efectuadas en un mismo acto. Que tal práctica permite inferir la existencia de un grupo de electores que puede determinar el curso de las próximas elecciones a celebrarse en nuestra institución, condicionando a las autoridades que resulten electas con el favor de su voto.- Que es intención de esta Comisión Directiva dejar expresa constancia que no avala dichos hechos, razón por la cual mociona la Comisión Directiva en pleno que: a) se realice una exhaustiva investigación tendiente a individualizar a los asociados beneficiados con el pago en bloque de sus cuotas sociales, a efectos de poner la información resultante a disposición de las distintas agrupaciones que intervendrán en el proceso electoral.- b) se comunique lo actuado a la Sindicatura del Club a los fines que cumplimente sus obligaciones estatutarias al efecto.- c) presentes en este acto los veedores de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe, la Comisión Directiva les hace saber lo aquí actuado, solicitando tomen las medidas legales pertinentes como organismo de contralor de las Asociaciones Civiles.- Se aprueba la moción por unanimidad…”

8) Planificación de un nuevo fraude

La proximidad de realizarse un nuevo acto eleccionario nos lleva a presumir la posibilidad que se repitan las acciones de violencia y de fraude ya perpetradas en el pasado.

 En efecto, no escapará al lector que el fútbol es un gran negocio, que mueve millonarios recursos económicos y donde muchos intereses se entrecruzan y pugnan por ejercer un dominio de mismo. Para ello, en muchas oportunidades, se usan medios ilegales, como fuerzas de choque, mercenarios pagados y que cumplen la función de intimidar, usar la violencia y el fraude para ganar las elecciones y mantenerse en el poder o lograr alcanzarlo.

Todos sabemos que en Central existen las llamadas barras bravas. Son conocidos sus “jefes” por nombre y apellido y también se sabe que en las últimas elecciones, en las asambleas y en demás actos donde se pone en juego el poder político, son un instrumento fundamental para que alguien obtenga el poder y sea gobierno. Por supuesto que todo ello en detrimento de la participación democrática de los asociados dentro de la institución y de sus derechos a elegir y ser elegido, los que se ven coartados por grupos que se venden al mejor postor.

Exista una fuerte probabilidad de que los carnet falsos utilizados en las elecciones sean nuevamente utilizados en las próximas elecciones ofrecidos por sus poseedores al mejor postor a las listas que se oficializen para el comicio.

9) Asamblea para Junta Electoral

Existe asimismo una fuerte probabilidad de que estos carnet sean también utilizados en la Asamblea previa a las elecciones que se deberá realizar para nombrar la Junta Electoral como instancia previa al acto eleccionario.

Históricamente las Asambleas en Rosario Central distan de ser el formal ámbito de debate en el cual se deciden cuestiones institucionales más importantes. Las últimas Asambleas se llevaron a cabo en la Sub Sede Cruce Alberdi, en un espacio reducido que resulta propicio para la intimidación y la violencia sobre el asociado.

Así, la organización de la misma es notoriamente defectuosa y uno de los artilugios utilizados más comúnmente por el oficialismo de turno es demorar el ingreso de los asociados al acto produciéndose largas colas de ingreso.

 Lo llamativo es que la mayoría de estos una vez ingresados se encuentran siempre que los denominados barra-bravas(asociados del club) se encuentran desde temprano dentro del recinto ocupando la platea lateral e intimidando a todo aquel asociado que se quiera manifestar con respecto a los temas del orden del día.

Ilustrativo de las maniobras usadas por los dirigentes oficiales es el de  disminuir el volumen del micrófono en las asambleas cuando se expresa algún asociado que ellos no consideren oportuno.

Intimidaciones, “apretadas” y hasta uso de la violencia física directa sobre quienes vamos a expresar nuestras opiniones es el contexto que tradicionalmente vivimos en nuestras Asambleas y Elecciones de autoridades.

Es así, que para evitar el menoscabo de los derechos de los asociados, resulta necesario garantizar la votación de las resoluciones adoptadas en asamblea, ya que resulta imposible que un recinto en el cual hay aproximadamente 1000 asociados se pueda distinguir la real voluntad de los mismos. Asimismo, una medida adecuada para evitar esta confusión seria estipular la obligatoriedad de la votación nominal de cada asociado para aprobar determinada resolución.

Sumado a lo expuesto, en todas las Asambleas que se llevan a cabo en medio de este caos la Inspección General de Personas Jurídicas es testigo silencioso de los atropellos a los que son sometidos los asociados omitiendo tomar las medidas pertinentes para garantizar un mayor control.

Teniendo en cuenta los antecedentes citados y la existencia de carnet de asociados falsos, a los fines de garantizar los derechos asociativos, solicitamos las medidas que detallamos en el apartado siguiente.

III.- MEDIDAS SOLICITADAS:

Es por ello, que solicitamos a los fines de garantizar los derechos de los asociados, la legitimidad y normalidad tanto de próximas Asambleas Ordinarias y Extraordinarios a desarrollarse en el Club como del próximo acto eleccionario solicitamos las siguientes medidas:

1.- Se exija como prioritario y fundamental para la Asamblea Ordinaria y extraordinarias de junta Electoral y para las próximas elecciones la OBLIGATORIEDAD de la exhibición del Documento Nacional de Identidad, conjuntamente con el carnet de asociado y la cuota del mes anterior al que se realicen para poder participar de estos actos. De esta manera sin producir perjuicio alguno a los asociados se evitaría en gran medida la posibilidad de utilización de carnet falsos y demás sospechas que puedan ser atentatorios de la legitimidad y claridad de dichos actos.

2- Tal cual lo ordena al Órgano interventor implícitamente la resolución 2485 del Juzgado de Distrito Civil y Comercial Nº 8 se realice un control exhaustivo del registro de socios y una depuración de los que sean considerados irregulares. Solicitamos se ordene una reinscripción obligatoria de los mismos otorgando un plazo dentro del cual estos asociados deberán manifestar su voluntad de participar en la asamblea y en las elecciones.

Manifestamos a este órgano que obra en nuestro poder una lista de asociados sobre los que recaen las sospechas de falsedad y a los que presuntamente les fueron abonadas sus cuotas societarias en el mes de julio. Oportunamente la acompañaremos con expreso pedido de este órgano siempre que no surjan estos datos de oficio de las investigaciones que se lleven a cabo.

3.- Se ordene el secuestro del padrón de asociados y del  libro de asociados del club  actualizado al día de la efectivización de esta medida y se nos entregue en forma inmediata una copia del mismo, máxime teniendo en cuenta la proximidad de la convocatoria a la celebración de la Asamblea para Junta electoral donde se debe cerrar el padrón Electoral según Art. 30 del Estatuto del C.A.R.C.

4.- Se ordene al Club Atlético Rosario central que nos informe las incorporaciones de nuevos asociados al padrón electoral hasta el día del  cierre del padrón electoral y se nos entregue copia del padrón al día del cierre del mismo.

5.- Intervención de un delegado de nuestra agrupación y de otras agrupaciones interesadas en participar en la organización de la asamblea y las elecciones a los fines del control de los asociados que participen en la misma.

6.- Para garantizar la seguridad e integridad de los asociados en la Asamblea y en los Comicios y ante la escasa intervención de la policía provincial en Asambleas anteriores solicitamos la participación de gendarmería nacional u otra fuerza de seguridad nacional.

7.- Para garantizar la legitimidad de la votación en la Asamblea y en los comicios y ante las denuncias de fraude realizadas permitir la participación de organizaciones y veedores externos e imparciales. Proponemos para este cometido a la Comisión de Derechos y Garantías de la Camara de Diputados de la Provincia de Santa Fe y a las Organizaciónes “Poder Ciudadano” y “Salvemos al Fútbol”.

9-Invitamos por intermedio de este órgano interventor a todas las otras listas que manifiesten su voluntad de participar de los comicios a suscribir un Acta por Escribano Público u Órgano Certificante en la cual nos comprometamos a apoyar la obligatoriedad de exhibir el DNI para ingresar a las Asambleas y para votar en las próximas elecciones, adherir a las medidas solicitadas en este escrito o cualquier otra propuesta que garantice prioritariamente el normal desarrollo de las Asambleas y los Comicios sin dejar margen a cualquier maniobra fraudulenta que no permitan que su desarrollo en un marco limpio, plural y democrático.

10- Solicitamos por medio del presente escrito una reunión con este Órgano Interventor para ampliar las denuncias presentadas e interiorizarnos del presente de la institución. Para no alterar el grado de imparcialidad que le compete en esta instancia al órgano interventor proponemos que esta audiencia se lleve a cabo junto con todas las demás listas con intenciones de participar en las elecciones.

En la Asamblea:

a) Se permita a un delegado de nuestra agrupación fiscalizar el ingreso de los asociados desde el mismo momento en que se abren las puertas del recinto.

b) Colaboración en el llenado de actas con datos de los socios al ingreso de estos.

c) Participación de un escribano a propuesta de la agrupación que tome registro del acto.

IV.- PRUEBA

1.- Documental:

a) Lista de asociados sospechados de poseer carnet falsos, nombre y apellido de los mismos, Nº de socios y DNI.

b) Copia de notas periodísticas referentes al fraude en las elecciones de Setiembre de 2006 y al pago de la cuota de socios.

2.- Testimonial: Del Sr  Pablo García, El Sr. Alberto Galache, El Sr. Raúl Dávoli , El Sr. Aldo Peñalva y el Sr. Fernando Cuesta, el Sr. MIGUEL SAN MARTIN (D.N.I. Nº 20.354.714),  El Sr.PABLO DARIO FRANCO (D.N.I. Nº 23.623.482), JORGE RAÚL GONZALEZ (D.N.I. Nº  13.077.956), OSCAR RUBÉN SALCEDO (D.N.I. Nº 12.292.375)  y MARCELO RAÚL FACCIANO (D.N.I. Nº 18.467.643).

 

POR SER JUSTICIA