Y TODO SIGUE IGUAL….   el Dr. Bergés nos recuerda el extracto de una resolución que hizo hace más de tres años y que tiene vigencia hoy, lamentable y paradójicamente.   

“El siguiente extracto se escribió el 27 de mayo del año 2004 en la causa Nº 28.733/04 de trámite en el Juzgado en lo Criminal de Instrucción Nº 4, de la Capital Federal, que estaba a mi cargo" nos explica  el ex Juez Mariano Bergés.

"...7) Conviene dejar sentado en esta resolución algunas conclusiones que, más allá de surgir de lo actuado en este expediente, en el Nº...., y en los otros conexos como el Nº...y el ....., deben señalarse concretamente. Esto tiene que hacerse porque, si bien el juez está llamado a intervenir frente a acontecimientos concretos que suceden, la magnitud de estas investigaciones, las consecuencias de lo que se resuelve y la importancia que para la sociedad en su conjunto tiene el tema -en realidad el fútbol-, imponen que desde la visión judicial, abonada con una importante experiencia en la materia luego de años de intensa labor, se consignen los puntos neurálgicos de la cuestión.
Como dato esencial, la problemática de la violencia en el fútbol no ha parecido a este juez de difícil solución, por más que existan opiniones que la disfrazan como un tema complicado, persiguiendo o no distintos intereses. El meollo es que los actores no se deciden a terminar con el flagelo. En este orden, independientemente de las proclamas de ocasión, no pueden existir concretos resultados positivos cuando esas proclamas no son acompañadas por conductas encaminadas al fin que se dice buscar. En este carrusel se encuentra en primer lugar la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), integrada básicamente por los directivos de los clubes de fútbol. Luego aparecen las entidades con sus dirigentes y personal, jugadores, árbitros, y los simpatizantes. A ellos deben agregarse las policías jurisdiccionales y los organismos estatales de supervisión y control. No faltan leyes ni reglamentos; por el contrario, por momentos uno advierte que se superponen. Los medios de comunicación no han de olvidarse por la penetración que en el cuerpo social tiene lo que se opina, publica y emite.
Una primera visión, que se estima muy ligera, coloca al problema como relacionado directamente a la situación social imperante en un momento determinado. Esto -indudablemente- tiene vinculación con la mayor o menor virulencia que evidencian los simpatizantes de clubes de fútbol en su conjunto. Pero, en lo que hace a aquellas entidades de mayor convocatoria, la presencia policial -cuyo número de acuerda previamente-, cobra un papel relevante en orden a lograr un adecuado control, supervisión y prevención de delitos hasta el momento dentro y fuera de los estadios.
Frente a concretas imputaciones que se formulan cuando suceden hechos -delictivos o no-, que conmueven el delicado equilibrio que se logra, cada uno de los actores relativiza la cuestión, la generaliza, y desliga responsabilidad en algún otro. Una prueba muy clara la tenemos en esta causa y en la conexa 55.201/03, en las cuales la policía echa culpas a dirigentes y viceversa, e incluso....(nombre de un barrabrava conocido) invita de modo intimidante y soez a un funcionario a cargo de un organismo de control a que lo convoque para "terminar con la violencia en el fútbol" (ver diario Olé del 19/2/2004. Quiere significarse con ello la profunda hipocresía que se advierte -o el llamado doble discurso-, que de continuar, dificultará las mejoras en este aspecto...

La Asociación del Fútbol Argentino, entidad que como se dijo nuclea a los dirigentes, no está ajena a esta problemática, aunque no se advierten concretos aportes para evitar que los hechos violentas sigan sucediendo o para lograr una mejora en la situación actual, porque ni siquiera se formulan ante las autoridades correspondientes las denuncias penales y administrativas por acontecimientos que así lo imponen o aconsejan, salvo las absolutamente minoritarias que precisamente justifican la regla antes expuesta.
En lo que hace a los dirigentes del club...(mención de un club de los llamados "grandes"), se evidencia la mendacidad en toda su magnitud, porque tanto el jefe de seguridad, como el aquí encausado, y el presidente de la entidad manifestaron su conformidad, aceptación y beneplácito para con la investigación llevada a cabo en la causa Nº 55.201/03 por el suscripto, e incluso se sugirió desde siempre su profundización. Ahora, frente a la existencia de esta nueva causa que es más de lo mismo, pero en la que se encuentran más comprometidos que en la anterior, parece que ya no sirve mantener ese apoyo, y desde ese y otros clubes de fútbol de importancia, además de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), en detrimento de la actividad judicial, se alzan las voces de apoyo a la honorabilidad del señor......, que a este juez no le incumbe ni le interesa cuestionar, independientemente de encontrarlo claramente autor de un grave delito por el cual será procesado; y se intenta desviar la atención del tema con supuestas cuestiones políticas y enfrentamiento con organismos estatales.
Estos mismos dirigentes, que por escrito se proclaman adalides de la lucha contra la violencia en el fútbol, y no cesaron de ensalzar la investigación de la causa Nº 55.201/03 que realizó el suscripto, son los mismos que permiten el ingreso de alrededor de quinientas personas por partido sin abonar su entrada, en detrimento de otros concurrentes. Quizás tienen como directivos, la facultad de permitir ese ingreso. No toca al juez esa evaluación. Sin embargo, de ser así, no fue pertinente la mentira a la justicia sobre ese extremo para resguardar su imagen ante la opinión pública, ni pretender que la Policía intervenga cuando el ingreso se hace con violencia.
Con relación a las fuerzas policiales, el suscripto debe referirse a la Policía Federal, encargada de los operativos de seguridad en estadios de la Capital Federal, donde tiene jurisdicción este Magistrado. No es pertinente generalizar cuando se trata de atribuir responsabilidades. Es una solución simplista que no genera resultados útiles. En  la causa Nº 55.201/03 se establecieron debidamente responsabilidades penales por hechos concretos atribuidos a funcionarios de la Policía Federal. En esta resolución se promoverá nueva investigación por la actividad policial  realizada el 16 de mayo pasado, con respecto a la inactividad observada frente al ingreso masivo y violento que se documentó en el material de filmación reservado en Secretaría y, asimismo, por la fuga de algunos integrantes de la asociación ilícita investigada en la causa Nº 55.201/03 cuya detención en orden al delito de coacción había sido dispuesta por el suscripto. Cuando se habla del personal policial responsable ha de limitarse la puntualización a los funcionarios de grado, o sea los oficiales jefes a cargo de los operativos y no a los de menor rango y suboficiales, que en general -salvo excepciones- se limitan a cumplir órdenes. Es absolutamente notoria la ineficacia de los procedimientos policiales realizados en el estadio de.......(nombre de club de los llamados "grandes") en particular, y por ello debería profundizarse esta o la investigación a promover antes aludida para determinar puntuales responsabilidades no ya por omisiones negligentes, sino por concretas connivencias con "barras bravas", controles y dirigentes.
Ha de entenderse que un juez no tiene porqué concurrir a una cancha de fútbol para observar si los simpatizantes asisten o no con entrada, si se controla su ingreso, si el personal policial a los cuales se les abona por el servicio lo cumple adecuadamente o no hace en detrimento de la seguridad por la cual tiene que velar, si hay simpatizantes violentos que entran utilizando fuerza y violencia, si hay dirigentes que en connivencia con terceros realizan hechos delictivos, y otros acontecimientos vinculados de mayor o menor gravedad. Una vez más, se reitera que el juez está para intervenir una vez producido el acontecimiento presuntamente delictivo. Tampoco tiene porqué hacerlo un fiscal y mucho menos personal de la Fiscalía o del Juzgado. Sin embargo, el suscripto ha tenido la oportunidad de advertir la presencia de Fiscales en materia contravencional, de personal de la Fiscalía de Cámara en lo contravencional, de algún Fiscal en lo correccional, de algún secretario de instrucción, quienes, como el suscripto y el Sr. Fiscal....han concurrido "a ver que pasa", porque las cosas no funcionan adecuadamente. Y en el concreto caso de este magistrado, prácticamente en cada ocasión que concurrió, por acción u omisión policial, con y sin connivencia con dirigentes del club....., siempre hubo de tomarse directa intervención frente a hechos delictivos que se estaban llevando a cabo dentro o fuera del estadio, y que eran claramente visualizados en la sala de video operativo o en el mismo sitio de los acontecimientos por personal policial que no tomaba medias al respecto. ¿Es necesario que tenga que estar el juez para que se cumpla con el deber legal de proceder o denunciar ? Parece que de momento esto es así; pero no debería serlo.
El día 25 de mayo, sin embargo, se tuvo oportunidad de concurrir por invitación a presenciar el operativo de seguridad realizado en el estadio del club...en la ciudad de....., provincia de Buenos Aires, donde se realizó el encuentro futbolístico entre el club..... y otro de origen brasilero, por la llamada Copa Libertadores de América, ante la suspensión del estadio del primer club citado. En la sala de video operativo se advirtió con nitidez que las cosas pueden hacerse correctamente y de manera sencilla, cuando se tiene la convicción de estar obrando dentro de la ley. Así, las trescientas a quinientas personas que habitualmente ingresan sin entrada a la cancha de..., conforme se ha establecido muy claramente en esta causa -material de filmación y declaraciones testimoniales mediante- y en la causa Nº 55.201/03, con permiso de los dirigentes que luego no lo admiten, obviamente también quisieron hacerlo del mismo modo en el estadio alternativo. No pudieron. El personal policial debidamente alertado desde la sala de situación por los responsables del Comité Provincial de Seguridad Deportiva (Coprosede) disuadió de distintas formas con la colaboración del personal de control, a quienes de manera organizada pretendían ingresar "en masa", utilizando de ser necesario violencia. Bastó que se colocaran policías uniformados detrás de los molinetes, que se instalara un sistema de vallado en forma zigzagueante, que se apostaran personas de control de entradas antes de ese vallado, y que estos últimos estuviesen apoyados por más personal policial, para que prácticamente no sucedieran incidentes, en esos sitios que -paradójicamente- dirigentes de......y la Policía Federal involucrados permanentemente, los señalan como de difícil sino imposible manejo. Quienes no tenían entradas fueron retirados del lugar. No existieron recriminaciones mutuas en este caso, las órdenes fueron unívocas y no se cedió frente a las conversaciones iniciadas como es de práctica por los llamados "barra bravas" con policías que se encontraban en el lugar. Siempre es mejorable el sistema, pero lo visto anteayer resultó para este Magistrado lo más transparente y de fácil concreción que presenció en la materia...
Los jugadores, árbitros, simpatizantes en general (no barras bravas) y medios de comunicación, han de intentar colaborar cada uno en la medida de sus posibilidades, para evitar fomentar la violencia o relativizar los temas importantes que hacen a la seguridad de un espectáculo.
En cuanto a los órganos del Estado estimase que, en la actualidad, a excepción de la policía -aludida en parágrafos anteriores- se encuentran realizando esfuerzos  que deben ser continuados, porque sólo la actividad sostenida y persistente podrá modificar radicalmente conductas y corruptelas aún vigentes. El panorama hoy, valga la aclaración, ha evidenciado una mejora sustancial aunque no todos los actores en juego han realizado esfuerzos parejos, percibiéndose que algunos se encuentran en deuda aunque se diga lo contrario.
Para finalizar, entiéndese como postura personal, que la Justicia también debe hacer su parte, porque son muchos los hechos concretos que quedan sin correctos juzgamientos, entre otras razones por "cholulismo" futbolero o falta de conocimiento concreto de lo que sucede en los ingresos a un estadio de fútbol, interior de tribunas y sitios aledaños. Es de esperar que se dejen de lado simpatías por algún club de fútbol y sencillamente se aplique la ley, respecto de la cual ya se indicó que es abundante en la materia, y satisface sin inconvenientes las necesidades del momento..."

Este es el extracto. En tres años, las cosas se agravaron, lamentablemente, y lo que se modificó es lo vinculado a los órganos del Estado, en cuanto a que el buen trabajo que se estaba haciendo en la Capital Federal para esa época, hoy no lo parece por la intransigencia, según entiendo respetuosamente, del Prosef. Es imperioso adoptar rápidamente las soluciones que se están tomando en la provincia de Buenos Aires (aplicación del derecho de admisión por el Estado y no por el club, modificaciones radicales al Tribunal de Disciplina, que debe ser sacado de la órbita de la AFA y pasar a depender por ejemplo de la Secretaría de Deportes de la Nación, organismo de alcance nacional, y finalmente, como medida urgente, la quita de puntos debe ser aplicada enérgicamente más allá de eventuales quejas o protestas de los clubes sancionados” afirma el Dr. Mariano Berges, ex Juez.

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“BERGÉS COBRÓ NOTORIEDAD POR VARIOS TEMAS, ENTRE ELLOS LA SEGURIDAD EN LOS ESTADIOS DE FÚTBOL. JUSTAMENTE POR LA VIOLENCIA DESATADA EN LAS CANCHAS METIÓ PRESOS A DIRIGENTES DE BOCA Y DE CHACARITA. TAMBIÉN ORDENÓ LA DETENCIÓN DE RAFAEL DI ZEO Y DE OTROS INTEGRANTES DE LA BARRA BRAVA DE BOCA.

INTERVINO, ADEMÁS, EN OTRO CASO POLÉMICO: EL REFERIDO AL ASESINATO DE MARÍA MARTA GARCÍA BELSUNCE. PROCESÓ CON PRISIÓN PREVENTIVA A NICOLÁS PACHELO, VECINO DEL COUNTRY CARMEL, DONDE SE COMETIÓ EL CRIMEN.

EL MAGISTRADO MANEJABA LA "CAUSA RÍMOLO", DONDE ESTÁN PROCESADOS GISELLE RIMOLO, QUIEN PERMANECE PRESA, Y EL LOCUTOR SILVIO SOLDÁN, QUE LOGRÓ LA LIBERACIÓN BAJO FIANZA. AMBOS ESTÁN ACUSADOS DE SUPUESTAS ESTAFAS VINCULADAS CON UN INSTITUTO DE ESTÉTICA” -DIARIO CLARIN JULIO 2004-

Notas relacionadas con las investigaciones del Ex Juez Mariano Bergés

ORDENÓ LA DETENCION DE VEINTE HINCHAS DE RIVER

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